Lapatilla septiembre 02 2026, 11:46 amPosteado en: Actualidad, Nacionales, Presos PolíticosCompártelo: Compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva) WhatsApp Compartir en Telegram (Se abre en una ventana nueva) Telegram Comparte en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook Compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X Enviar un enlace a un amigo por correo electrónico (Se abre en una ventana nueva) Correo electrónico Compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn Activistas de derechos humanos y familiares de presos políticos acuden a la sede de la Cancillería de Venezuela, para solicitar que se permita el ingreso al país de organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), este viernes en Caracas (Venezuela). EFE/ Miguel Gutierrez El 26 de agosto de 2026, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó la Resolución 67/2026, mediante la cual otorgó medidas cautelares en beneficio de Wilder Anderson Vásquez Velásquez, Maurimal Carolina Solórzano Armas, Freddy Manuel Alvarado Castillo, Pedro Rolando Maldonado Marín y Felipe Santiago Contreras Caldera, tras considerar que se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, toda vez que sus derechos a la vida, integridad personal y salud están en riesgo de daño irreparable en Venezuela. Según las solicitudes, las personas beneficiarias permanecen en condiciones inadecuadas de detención, con restricciones para el contacto con sus familiares y abogados defensores, y sin acceso a atención médica oportuna para sus problemas de salud físicos y psicológicos, pese a las gestiones realizadas a nivel interno. Por su parte, el Estado no proporcionó información a la CIDH. Suscríbete al newsletter más leído de Venezuela y entérate primero Tras analizar las alegaciones de hecho y derecho, la Comisión valoró que, dada su condición de personas privadas de libertad, las restricciones para el contacto con sus familiares y abogados defensores, la falt
Fuente: La Patilla — Ver nota original